viernes, 18 de julio de 2014

Reglamento de las Comisiones FIAF.

Objetivo
Las Comisiones F.I.A.F. son organismos técnicos encargados de promover a nivel de nuestro continente el interés especial de cada rama de la Filatelia.
Actualmente existen las siguientes Clases Filatélicas: Aerofilatelia, Enteros Postales, Filatelia Fiscal, Filatelia Temática, Filatelia Tradicional, Historia Postal, Juventud, Lucha contra las Falsificaciones, Literatura Filatélica, Maximofilia, Un Marco; además de la Sección de Astrofilatelia que se encuentra incluida dentro de la Aerofilatelia.
Para todas y cada una de estas Clases y Secciones deberá conformarse una Comisión F.I.A.F.
Obligaciones.
Las obligaciones de las Comisiones FIAF son:
  • Promover el interés en sus respectivas áreas.
  • Difundir y usar los Reglamentos y Directrices provenientes de la F.I.P.
  • Promover, de forma concordada con las federaciones miembro, las modificaciones que se consideren necesarias en sus respectivas áreas a nivel F.I.P.
  • Publicar en el website de F.I.A.F. las comunicaciones de relevancia que se reciban de F.I.P. y de las federaciones miembro de F.I.A.F.
  • Traducir a los idiomas oficiales de F.I.A.F. los Reglamentos y Directrices de F.I.P. y sus actualizaciones.
Miembros.
Las Comisiones están compuestas por los delegados nombrados por las federaciones miembro de F.I.A.F. Si un delegado es retirado por su federación, automáticamente perderá su cargo en la Comisión; y cuando un nuevo delegado es nominado este lo reemplazará con todos sus derechos y obligaciones.
Funcionamiento.
Las Comisiones pueden realizar Reuniones de Trabajo y/o Seminarios durante las exposiciones auspiciadas o patrocinadas por la F.I.A.F.  Se sugiere que estas se hagan al menos una vez cada dos años. Un miembro del Consejo Directivo F.I.A.F. puede asistir a estas convocatorias a efectos de coordinar las decisiones que pudieran tomarse.
Todas las reuniones deberán ser convocadas por el Presidente de la Comisión o por la persona que él designe para este fin. La invitación para estos eventos deben ser hechas a todas las federaciones miembros con una anticipación no menor de dos meses. En caso que un delegado no pueda asistir, este puede designar un delegado alterno u otorgar una Carta-Poder a otro miembro de F.I.A.F.; un delegado sólo puede representar por Carta-Poder a un solo miembro F.I.A.F. Las Reuniones de Trabajo, para ser válidas, deben tener al menos un 25% de delegados presentes personalmente o por Carta-Poder.
Conducción.
Cada Comisión tendrá un Presidente, designado por el Consejo Directivo F.I.A.F., y elegido entre los delegados nombrados por cada federación miembro. El Presidente de cada Comisión podrá formar un Comité de Trabajo, de 2 ó 3 personas, a partir de los delegados de su Comisión. Los Presidentes de las Comisiones F.I.A.F. ocuparán ese cargo por un plazo de dos años, a partir de la fecha de su designación, pudiendo ser designados nuevamente para el mismo cargo. Ninguna persona puede ser Presidente de más de una Comisión al mismo tiempo, ni de los Comité de Trabajo en caso estas se conformen.
Ningún miembro del Consejo Directivo F.I.A.F. pueden ser Presidente de una Comisión F.I.A.F. Los Presidentes de las Comisiones F.I.A.F. deberán reunirse con el Consejo Directivo F.I.A.F., o el miembro que para este fin se designe, al menos una vez cada dos años.
Informes.
Cada Comisión entregará un Informe Anual por escrito a la Asamblea Anual Ordinaria F.I.A.F. En ese informe se deberá indicar entre otras cosas: los trabajos realizados por la Comisión y las federaciones miembro desde la última Asamblea, mociones y propuestas de acuerdo a sus responsabilidades, número de miembros, programa de trabajo.
El Informe será publicado en el website de la F.I.A.F.
Gastos.
Las Comisiones no pueden incurrir en ningún gasto a nombre de la F.I.A.F. En caso se requiera realizar algún gasto (por ejemplo una publicación), esta debe ser aprobada por el Consejo Directivo F.I.A.F.

Aprobado en la Asamblea Anual de San José, Costa Rica, el 25 de Agosto de 2010.